ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA ÉTICA, LA EPISTEMOLOGÍA Y LA DEONTOLOGÍA DE LAS DISTINTAS PROFESIONES
UN ENFOQUE DE LA PROFESIONALIDAD PUESTA ENTERAMENTE AL SERVICIO DE LA VERDAD Y DEL BIEN
La deontología viene a ser el punto de encuentro entre la verdad y la virtud, en el terreno práctico del ejercicio de cualquier profesión. Supone la aplicación de la ética, en lo referente al quehacer, cualesquiera que éste sea. El quehacer del empresario, el del médico, el del historiador, el político, el magistrado, el biólogo, el sociólogo, el artista, el del maestro, el del comerciante, el del periodista... "deben" ejercerse éticamente, en sus respectivos oficios. El término "deben" significa aquí que sus "deberes", ocupaciones, trabajos, contactos, investigaciones y negocios se encuentran de hecho éticamente comprometidos con la responsabilidad, la coherencia y la honestidad, independientemente de la pura subjetividad de cada uno de estos profesionales en el ejercicio de los actos de su quehacer. Así, por ejemplo: un historiador no debe ni puede juguetear con los hechos, las ideologías o la postverdad; un médico no debe prescindir de la totalidad integral de las personas de los pacientes; un maestro no debe manipular a sus alumnos con la excusa de motivar, un político no puede pretender lograr votantes con falacias y fraudes, ni puede justificar el uso de medios tortuosos –y menos aún execrables o perversos–, con el pretexto de perseguir alguna finalidad beneficiosa.
EL CHOQUE DE LOS DERECHOS: DERECHO A DECIDIR SOBRE OTRO SER HUMANO.
¿Debate biológico, filosófico o jurídico? — AGUSTÍN LAJE —
ÉTICA, DEONTOLOGÍA Y PROFESIONALIDAD
Dr. Víctor Mani Ribera
PRIORIDAD DE LA DIGNIDAD HUMANA
La grandeza de la persona humana se deriva de su realidad trascendente, lo que la sitúa por encima de toda la naturaleza contingente. La dignidad humana, y el respeto inmenso que merece, le es otorgada en el momento de su concepción y fundamenta el derecho a la inviolabilidad de la vida. El título que, en último término, funda la dignidad humana está en ser la única realidad del mundo visible que tiene valor en sí misma. Por consiguiente, la dignidad de la criatura humana es el criterio adecuado para juzgar los verdaderos progresos de la sociedad, del trabajo, de la ciencia... y no al revés. Y la dignidad del hombre se expresa en todo su ser y su quehacer personal y social: dignidad a la que se falta cuando se la estima sólo en lo que produce, cuando se considera la existencia como mera mercancía, cuando se la utiliza como elemento para la ganancia, estimándola solo en lo que produce. No se trata de una cuestión formal o externa, pues incluso con unos modos cordiales puede atentarse contra la dignidad personal, si se la subordina a fines meramente utilitarios, como mecanismo, por ejemplo, para elevar la productividad o el rendimiento.
Lejos estaríamos de una visión humana si mantuviéramos una visión plana o meramente material. Los indicadores más fieles de la justicia en las relaciones sociales no son ni el volumen de la riqueza creada, ni su distribución, ni su sostenibilidad. Es necesario examinar si las estructuras y el funcionamiento de un sistema socioeconómico son tales que comprometen la dignidad humana de cuantos en él despliegan su propia actividad.
Si alguien quisiera aprovecharse de una situación en la que una persona resulta “improductiva”, por ejemplo, para disponer de una vida humana a partir de criterios contrarios a la dignidad de las personas, ofendería a esa persona y a la creación entera, pues todo ser humano tienen un derecho natural irrenunciable a los medios suficientes para su propia existencia, que está por encima del derecho a cualquier criterio pragmático.
Es preciso tener presente que la finalidad principal del desarrollo social y económico no es un mero crecimiento de la producción, ni el lucro o el poder, sino el servicio del hombre integral, teniendo en cuenta sus necesidades de orden material y las exigencias de su existencia. Esto no niega un campo de legítima autonomía para la ciencia económica, médica o biológica. Pero estas soluciones se deben someter siempre a un criterio superior, de orden moral, pues no son absolutamente independientes y autónomas; y no se ha de confiar en acciones puramente técnicas cuando nos encontramos con problemas que tienen su origen en un desorden moral.
Es largo el camino hasta llegar a una sociedad justa en la que la dignidad de la persona sea plenamente reconocida y respetada. Porque no se ama la justicia, si no se ama verla cumplida con relación a los demás. Como tampoco es lícito aplicar una fría praxis, olvidando las necesidades de los otros. Debemos vivir el respeto a toda persona, con todas sus consecuencias y en los campos más variados, porque ningún bien terreno es superior a la persona humana: defendiendo la vida ya concebida, porque allí hay un ser humano con un derecho a vivir que nadie le puede quitar; protegiendo a los ancianos, para quienes hemos de tener entrañas de misericordia, que nada tiene que ver con el sentimentalismo; socorriendo a los más débiles, porque son los más necesitados, etc.
CUANDO LAS PRIORIDADES SE INVIERTEN
En ninguna profesión, de ninguna manera se pueden dejar al margen las consideraciones éticas. ¿Por qué no se pueden omitir o preterir en ningún momento las consideraciones éticas? Porque los valores éticos son de una categoría ontológicamente superior; y cuando las prioridades se deforman, se invierten o se falsifican, entonces, el sistema quiebra.
Las prioridades se invierten por no comprender la diferencia entre "básico" y "esencial". Básicos son, por ejemplo, los elementos bioquímicos más o menos contingentes que integran los organismos; esencial es el principio vital, el aliento de vida, lo que permite diferenciar un cuerpo sin vida de un ser humano vivo.
Cuando los valores se invierten o desordenan, entonces se deshumanizan y pierden su sentido. El que pone una silla boca abajo y la utiliza como percha va contra natura, invierte el orden de las cosas. No se pueden convertir las sillas en perchas, como no se puede poner la ética al servicio de la economía, la salud o la eficiencia. Es la materia la que debe estar al servicio de la persona, ya que la persona tiene exigencias éticas propias que proceden de su dignidad superior.
El que manipula cuerpos, empleados o peones sin ver personas no está capacitado para ejercer tareas complejas de responsabilidad. Poner a un ignorante en ética con responsabilidades sobre personas frágiles, es como poner un zorro a guardar el gallinero.
El caso de la profesión médica es uno de los ejemplos más clarificadores. Un correcto humanista es el facultativo que entiende que el objetivo propio de la medicina –que es curar–, nunca puede subordinarse a aspectos que la deshumaniza, nunca puede priorizar los aspectos exclusivamente biológicos, sociales, económicos, organizativos, utilitarios o cómodos, y en consecuencia, debe dar prioridad a una visión holística e integral de la persona entera o completa (que es aquella a la que no le falta ninguna dimensión esencial o superior).
Una práctica profesional que prescindiera de la totalidad integral de las personas de los clientes, pacientes, usuarios o empleados se convertiría en una práctica depravada e inhumana de esa profesión. Para que se entienda: la manera de tratar las infecciones de una persona con deterioro cognitivo no puede ser idéntica a la manera de hacerlo con personas normales; los gastos que ocasiona un tratamiento complejo no pueden ser escatimados en función de la edad del paciente; el tiempo dedicado a un empleado que afronta un inesperado contratiempo no puede depender de sus rendimientos laborales; la dedicación a los alumnos más limitados ha de ser superior a los aventajados; del mismo modo que una madre o un padre responsables saben dedicar más cuidados al hijo más necesitado, porque todo igualitarismo es injusto.
RASGOS ÉTICOS DEL PROFESIONAL DE CUALQUIER SECTOR
Aunque una gestión deontológica no es exactamente lo mismo que una gestión responsable, en general, podríamos decir que una gestión responsable constituye el núcleo esencial de una gestión profesional que observa los valores éticos en su justa proporción.
Junto con esa nota distintiva, que denominamos responsabilidad, la completitud sería la segunda característica de una profesionalidad propiamente ética: un profesional completo, aún sin abarcarlo todo, no tiene lagunas en aspectos sustanciales de su responsabilidad.
Otra de las notas esenciales de una profesionalidad cabal es la competencia. Al insensato aún lo que es de su competencia le da igual. No evalúa. Como no evalúa, no controla; las cosas se le van de las manos. En consecuencia, no mejora: ha logrado el nivel de incompetencia.
ÉTICA Y MEDICINA
De modo análogo a la necesidad de que los procesos y decisiones de las organizaciones sean transparentes y respondan a las exigencias éticas y de que incluyan los legítimos intereses de los sujetos implicados, será necesario que se establezcan mecanismos para proteger el derecho a la información clínica y el derecho a decidir sobre las actuaciones que repercutirán en la salud.
Con este propósito, la Comisión Central de Deontología (CCD) de la OMC elaboró recientemente el Decálogo del Consentimiento Informado, un documento de carácter práctico para los médicos, recopilatorio de lo que establece la Ley de autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Se trata de un documento de carácter práctico para los médicos, según lo establecido en la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente.
La génesis de este Decálogo hay que buscarla en el hecho de que las deficiencias en información, la falta del documento del consentimiento informado o la no correcta cumplimentación del mismo son, aproximadamente, la causa del 70% de las reclamaciones sanitarias, según recientes estudios. Con estos diez puntos básicos que los médicos deben tener siempre presentes a la hora de informar y redactar el consentimiento informado en la práctica clínica, cualquiera que sea el tipo de asistencia, la CCD busca una mejora en la actitud de los médicos asistenciales en estos temas para intentar disminuir las denuncias.
Este decálogo de la CCD, que ha contado con el refrendo de la Asamblea General de la OMC celebrada en San Sebastián, incluye desde los derechos y deberes fundamentales del médico y del paciente y a informar y a ser informado, así como la trascendencia legal y deontológica que ello conlleva, al modo correcto de llevarlo a la práctica, su contenido, su modo de realizarlo, verbal o escrito; los límites o excepciones y cómo debe hacerse el consentimiento por representación en los casos en los que el paciente no es capaz de tomar decisiones o son menores o incapaces.
Tras analizar todos y cada uno de los puntos de este decálogo, la CCD concluye que “cada caso clínico y cada paciente pueden plantear una situación distinta, por lo que considera que el médico “debe conocer la exigencia legal y aplicarla correctamente”. Recuerda a los profesionales que, con criterio general, “siempre prevalecerá la autonomía del paciente o lo que más y mejor favorezca sus intereses” y considera que “cada paciente tiene sus peculiaridades por lo que difícilmente su caso encajará en un CI estándar”.
DECÁLOGO DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO
1. Informar y ser informado son derechos y deberes fundamentales: Son derechos y deberes fundamentales tanto para el paciente como para el médico. Ambos son el eje de la relación médico-paciente y ello exige una relación personal previa para conocer las necesidades y circunstancias del paciente. El médico debe asumirlo no como un simple acto burocrático ni como una prueba documental que exige la ley.
2. La información y el CI son de enorme trascendencia legal, según la ley 41/2002: Informar y el CI forman parte de la “lex artis” médica, tal y como reconoce la normativa legal, deontológica y la reiterada jurisprudencia. Por ello, es una obligación inexcusable del médico y su ausencia o incorrección generará responsabilidad deontológica, administrativa y legal cuando exista daño.
3. Modo de practicarlos: La información y el CI deben asumirse directamente por el médico que realiza o, en su caso, el que indica el acto asistencial y se realizarán con la debida antelación para que el paciente pueda reflexionar. No es correcto entregar al paciente un CI estándar para que lo firme sin más, con la única finalidad de cubrir el trámite administrativo, porque ni el médico cumple con el paciente, ni se defiende de posibles reclamaciones.
4. Carácter y contenido de la información de un CI: En el CI “no debe faltar la naturaleza y finalidad de cada intervención, sus riesgos y consecuencias. Será suficiente, verdadera y leal y no deberá inducir a alarmas, ni esperanzas injustificadas”. Se recomienda transmitir la información que sea adecuada para que se pueda tomar una decisión” y, se aconseja incluir que “si surgen complicaciones, el centro sanitario está preparado para responder ante ellas y el médico responsable nunca abandonará al paciente durante todo el proceso”.
5. Respeto a negarse a recibir información. Casos de gravedad o mal pronóstico: El médico debe respetar también el “derecho del paciente a no ser informado” y si la información incluye datos de gravedad o mal pronóstico, el médico “deberá esforzarse en saber si es necesaria y, si lo fuera, deberá hacerlo con suma delicadeza” para evitar perjudicar al paciente.
6. Forma del CI: verbal o escrito: Por norma general, el CI debe ser verbal, dejando siempre constancia en la historia clínica. Se deberá hacer por escrito cuando supongan un riesgo significativo para el paciente –intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores-, siguiendo todo lo que marca la Ley.
7. Límites o excepciones al CI: El CI puede obviarse en caso de riesgo para la salud pública o riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica de un enfermo del que no se pueda conseguir su autorización, aunque se debe consultar a sus familiares.
8. Consentimiento por representación: Se solicitará al representante legal o familiares, cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones o si su estado físico o psíquico no le permite hacerse cargo de su situación; si tiene la capacidad modificada judicialmente (incapaces legales) o si es menor de edad y no es capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance del acto médico.
9. Consentimiento en menores e incapaces: En estos casos, el médico siempre debe tratar de informarles y contar con su opinión dependiendo de sus posibilidades con el objeto de que puedan participar y decidir en su proceso asistencial. Hay que tener en cuenta la madurez del menor y, en casos de gravedad, decidirán los padres o tutores. En este punto, el decálogo recuerda al médico que es el “garante de los menores”, y deberá “solicitar auxilio judicial siempre que vea en peligro sus derechos” y que “está obligado a adoptar las medidas necesarias en salvaguarda de su vida o salud hasta que obtenga la resolución judicial correspondiente”.
10. Conclusión: Cada caso clínico y cada paciente pueden plantear una situación distinta, por lo que el médico debe conocer la exigencia legal y aplicarla correctamente. Con criterio general, siempre prevalecerá la autonomía del paciente o lo que más y mejor favorezca sus intereses y, teniendo en cuenta de que cada paciente tiene sus peculiaridades, difícilmente su caso encajará en un CI estándar.
POR LA DIGNIDAD HUMANA, FRECUENTEMENTE MALTRATADA,
PARA QUE NO SE NIEGUE A NADIE EL DERECHO A LA VIDA Y AL RESPETO.
ES NECESARIO LLEGAR A QUE SE PRODUZCA UN RECHAZO SOCIAL DE LAS CONDUCTAS CONTRARIAS AL RECTO EJERCICIO DE LAS PROFESIONES — Cuando alguien, cualquiera que sea su quehacer u oficio, descuida sus deberes o abusa de sus poderes, ha de sufrir las consecuencias de su irresponsabilidad y de su incompetencia. Las ha de sufrir en el terreno social, al margen de que las sufra en el terreno judicial. Es decir, una sociedad sana, y los individuos que la integran, deben desplegar los necesarios mecanismos de defensa para rechazar las conductas dañinas, tratando de salvar a las personas culpables, pero llamando a las cosas por su nombre.
RASGOS DEL PROFESIONAL CABAL — Aunque una gestión deontológica no es exactamente lo mismo que una gestión responsable, en general, podríamos decir que una gestión responsable constituye el núcleo esencial de una gestión profesional que observa los valores éticos en su justa proporción. Junto con esa nota distintiva, que denominamos responsabilidad, la completitud seria la segunda característica de una profesionalidad propiamente ética: un profesional completo, aún sin abarcarlo todo, no tiene lagunas en aspectos sustanciales de su responsabilidad. Otra de las notas esenciales de una profesionalidad cabal es la competencia. Le viene grande lo que es de su competencia, no evalúa, no controla, las cosas se le van de las manos. Como no evalúa, no controla, y como no controla, no mejora: ha alcanzado el nivel de incompetencia.
NUNCA SE PUEDE PRESCINDIR DE LOS VALORES ÉTICOS OBJETIVOS — Las consideraciones éticas son inseparables de todo ejercicio profesional con factor humano. Ni la medicina, ni la economía, ni la psicología, ni ninguna de las áreas implicadas en la organización de activos humanos pueden dejar al margen las consideraciones éticas. Por coherencia y por eficacia, la interdisciplinariedad es necesaria. La interdisciplinariedad es eficacia, repercute en eficacia, tiene un efecto multiplicador o potenciador, permite ganar tiempo, catalizar y optimizar la solución de los problemas. La soluciones son más operativas cuando tienen en cuenta la conexión entre las especialidades. Si el médico, el psicólogo, el economista y el gestor se cierran, se desconectan, se bloquean y se autoexcluyen, fácilmente se deshumanizan las tareas —con gran afectación si las tareas se ocupan de personas y de servicios dirigidos a atender personas menesterosas—, pierden sentido y pierden eficacia. Toda acción fragmentaria e incompleta es necesariamente antinatural y por ende contraproducente.
LA RESPONSABILIDAD ÉTICA DE LOS PROFESIONALES DE LA POLÍTICA — Las infracciones graves de tráfico, por despiste o por alocamiento, son graves no sólo por el daño propio que puedan ocasionar, sino por el daño causado a terceros que puede devenir de la infracción con accidente. Lo mismo ocurre en política. Las infracciones de la ley por capricho o tozudez ideológica causan daños al bien común y al propio interesado, aunque no quiera reconocerlo, pero precisamente para esto está la autoridad, para regular el tráfico y castigar las infracciones según su gravedad delictiva. Además, la autoridad está para que las infracciones que son delictivas reciban penas proporcionadas, que no sean lo mismo que saltarse un stop.
DEONTOLOGIA PARA JURISTAS — Estas son las principales faltas deontológicas en el ámbito de los profesionales del ámbito jurídico: aportación de correspondencia confidencial, citación de un abogado como testimonio, cese de venias. (cfr.: Tiziana Di Ciommo, abogada en PwC, presidenta del Grupo de Abogados Jóvenes del Ilustre Colegio de Abogados de Barcelona, profesora de la Facultad de Derecho de UIC Barcelona). más información en el sigiente enlace:
https://www.marcialpons.es/libros/deontologia-profesional-para-historiadores/9788499611303/
MÉDICOS PARA EL HUMANISMO — Sobre la deontología médica y la necesidad de humanizar radicalmente la práctica clínica — Todo médico humanista debe llegar a entender que el objetivo propio de la medicina –que es curar–, nunca puede subordinarse a aspectos que la deshumaniza, nunca puede priorizar los aspectos exclusivamente biológicos –no digo expresamente médicos, que serían más abarcantes–, y en consecuencia, debe dar prioridad a una visión holística o integral de la persona entera o completa (a la que no le falta ninguna dimensión y menos aún ninguna de las dimensiones superiores). Una práctica médica que prescindiera de la totalidad integral de las personas de los pacientes se convertiría en una práctica depravada e inhumana de la medicina. Un ejemplo: la cantidad de ancianos que toman medicación sin necesitarla, simplemente porque el sistema asistencial social es incapaz de atenderles individual y personalmente, tiene su origen en una imperdonable superficialidad de preparación ética del médico, que va a la par de una falta de formación deontología de la profesión política intolerable y de repercusiones inhumanas incalculables.
RESPETO Y DIGNIDAD — Sobre los cuidados a los ancianos — Los ancianos, con sus gastados y troquelados cerebros de cristal, son frecuentemente tratados como homúnculos, como niños o como perros. Ni son niños, ni son perros, ni son desperdicios amortizados. Son personas frágiles, dignas del máximo respeto, miramiento y cuidados, que no deben ser metidos en un rincón, pudriéndose en un almacen inhumano, atados como animales para que no molesten, para que no exijan demasiadas atenciones, descuidados en el vestir o en la higiene, sometidos a la medicación abusiva, llevados arbitrariamente de aquí para allá contra su voluntad, soportados o liquidados con eufemismos en un antro hospitalario.
El médico humanista abarca la persona entera, la totalidad integral de las personas de los pacientes.
PRIORITAT DELS VALORS ÈTICS
Víctor Mani-Ribera
La vida es deshumanitza automàticament quan els valors ètics queden subordinats "de facto" a valors de categoria inferior.
"Sense salut no es pot fer res": aquesta frase tant trivial, tant repetida, és técnicament parlant una falàcia o un paralogisme. Un tipus de sofisma que, amb gran facilitat, utilitza la incultura popular i la ignorància dels saberuts. És una vulgaritat per desconeixement teòric i pràctic del funcionament de les persones i dels processos cognitius i psíquics, que són els més complexes que hi ha a l'univers. És una dita de gent que han sentit campanes però que tenen una molt pobra idea de ciència antropològica i d’ética.
També la soberbia en té la culpa: si un petulant sense criteri pensa que sap molt més, perquè ha estudiat una carrera o perquè ha llegit o té experiència o té un prestigi social, el petulant es creu més llest i cau amb gran facilitat en el pecat fatal de l’arrogància. Però, no, de cap de les maneres es poden deixar al marge ni les consideracions ètiques ni les puntualitzacions antropològiques, que en realitat tenen el mateix fonament.
Per què no es poden ometre o preterir en cap moment les consideracions ètiques? Perquè els valors ètics són d’una categoria ontològicament superior, són categòricament superiors; i quan les prioritats es deformen, s’inverteixen o es falsifiquen, llavors, el sistema fa fallida.
Les prioritats s’inverteixen per no comprendre la diferència entre què és i què vol dir “bàsic” i què és i què vol dir “essencial”. Bàsics són, per exemple, els element bioquímics més o menys contingents que integren els organismes; essencial és el principi vital, l’alé de vida, allò que permet diferenciar un cos sense vida (cadàver) d’un esser humà viu (persona).
Quan els valors s’inverteixen o desordenen, llavors es deshumanitzen i perden el seu sentit. Quan una cadira la poses cap per avall i la utilitzes com penjador, has anat contra natura, has invertit l'ordre de les coses. T'has carregat la cadira, els penjadors i la roba que penges. No pots convertir les cadires en penjadors, com no pots posar l'ètica al servei de la salut. És la salut la que ha d’estar al servei de la persona, ja que la persona té exigències ètiques pròpies que procedeixen de la seva dignitat superior.
Així, per exemple, mengem per viure, no vivim per menjar. Quan això no s'entén, és quan vénen els problemes. És el món a l'inrevés, la maranya de la doble veritat, els embolics i els conflictes.
El que manipula cossos sense veure persones, el que remena papers prescindint dels rostres humans, el que analitza o manipula fredament sense veure ànimes, aquest no està capacitat per exercir tasques complexes de responsabilitat.
Quan posem un professional petulant, ignorant i testarrut amb responsabilitats sobre persones fràgils, és com si posessim una guineu a guardar el galliner.
LA OMC ELABORA UN DECÁLOGO DEL CONSENTIMIENTO INFORMADO
Comisión Central de Deontología
Decálogo sobre consentimiento informado - 21/06/2016
La Comisión Central de Deontología (CCD) de la OMC ha elaborado un Decálogo del Consentimiento Informado, un documento de carácter práctico para los médicos, recopilatorio de lo que establece la Ley de autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. Se trata de un documento de carácter práctico para los médicos, según lo establecido en la Ley 41/2002 de Autonomía del Paciente. La génesis de este Decálogo hay que buscarla en el hecho de que las deficiencias en información, la falta del documento del Consentimiento Informado, o la incorrecta cumplimentación del mismo, son, aproximadamente, la causa del 70% de las reclamaciones sanitarias, según recientes estudios.
Con estos diez puntos básicos que los médicos deben tener siempre presentes a la hora de informar y redactar el Consentimiento Informado en la práctica clínica, cualquiera que sea el tipo de asistencia, la CCD busca una mejora en la actitud de los médicos asistenciales en estos temas para intentar disminuir las denuncias.
Este decálogo de la CCD, que ha contado con el refrendo de la Asamblea General de la OMC celebrada el pasado fin de semana en San Sebastián, incluye desde los derechos y deberes fundamentales del médico y del paciente y a informar y a ser informado, así como la trascendencia legal y deontológica que ello conlleva, al modo correcto de llevarlo a la práctica, su contenido, su modo de realizarlo, verbal o escrito; los límites o excepciones y cómo debe hacerse el consentimiento por representación en los casos en los que el paciente no es capaz de tomar decisiones o son menores o incapaces.
Tras analizar todos y cada uno de los puntos de este decálogo, la CCD concluye que “cada caso clínico y cada paciente pueden plantear una situación distinta, por lo que considera que el médico “debe conocer la exigencia legal y aplicarla correctamente”. Recuerda a los profesionales que, con criterio general, “siempre prevalecerá la autonomía del paciente o lo que más y mejor favorezca sus intereses” y considera que “cada paciente tiene sus peculiaridades por lo que difícilmente su caso encajará en un CI estándar”.
Resumen del decálogo del consentimiento informado
1.-Informar y ser informado son derechos y deberes fundamentales
Son derechos y deberes fundamentales tanto para el paciente como para el médico. Ambos son el eje de la relación médico-paciente y ello exige una relación personal previa para conocer las necesidades y circunstancias del paciente. El médico debe asumirlo no como un simple acto burocrático ni como una prueba documental que exige la ley.
2.-La información y el CI son de enorme trascendencia legal, según la ley 41/2002
Informar y el CI forman parte de la “lex artis” médica, tal y como reconoce la normativa legal, deontológica y la reiterada jurisprudencia. Por ello, es una obligación inexcusable del médico y su ausencia o incorrección generará responsabilidad deontológica, administrativa y legal cuando exista daño.
3.-Modo de practicarlos
La información y el CI deben asumirse directamente por el médico que realiza o, en su caso, el que indica el acto asistencial y se realizarán con la debida antelación para que el paciente pueda reflexionar. No es correcto entregar al paciente un CI estándar para que lo firme sin más, con la única finalidad de cubrir el trámite administrativo, porque ni el médico cumple con el paciente, ni se defiende de posibles reclamaciones.
4.-Carácter y contenido de la información de un CI
En el CI “no debe faltar la naturaleza y finalidad de cada intervención, sus riesgos y consecuencias. Será suficiente, verdadera y leal y no deberá inducir a alarmas, ni esperanzas injustificadas”.
Se recomienda transmitir la información que sea adecuada para que se pueda tomar una decisión” y, se aconseja incluir que “si surgen complicaciones, el centro sanitario está preparado para responder ante ellas y el médico responsable nunca abandonará al paciente durante todo el proceso”.
5.-Respeto a negarse a recibir información. Casos de gravedad o mal pronóstico
El médico debe respetar también el “derecho del paciente a no ser informado” y si la información incluye datos de gravedad o mal pronóstico, el médico “deberá esforzarse en saber si es necesaria y, si lo fuera, deberá hacerlo con suma delicadeza” para evitar perjudicar al paciente.
6.-Forma del CI: verbal o escrito
Por norma general, el CI debe ser verbal, dejando siempre constancia en la historia clínica. Se deberá hacer por escrito cuando supongan un riesgo significativo para el paciente –intervención quirúrgica, procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasores-, siguiendo todo lo que marca la Ley.
7.-Límites o excepciones al CI
El CI puede obviarse en caso de riesgo para la salud pública o riesgo inmediato grave para la integridad física o psíquica de un enfermo del que no se pueda conseguir su autorización, aunque se debe consultar a sus familiares.
8.-Consentimiento por representación
Se solicitará al representante legal o familiares, cuando el paciente no sea capaz de tomar decisiones o si su estado físico o psíquico no le permite hacerse cargo de su situación; si tiene la capacidad modificada judicialmente (incapaces legales) o si es menor de edad y no es capaz intelectual ni emocionalmente de comprender el alcance del acto médico.
9.-Consentimiento en menores e incapaces
En estos casos, el médico siempre debe tratar de informarles y contar con su opinión dependiendo de sus posibilidades con el objeto de que puedan participar y decidir en su proceso asistencial. Hay que tener en cuenta la madurez del menor y, en casos de gravedad, decidirán los padres o tutores. En este punto, el decálogo recuerda al médico que es el “garante de los menores”, y deberá “solicitar auxilio judicial siempre que vea en peligro sus derechos” y que “está obligado a adoptar las medidas necesarias en salvaguarda de su vida o salud hasta que obtenga la resolución judicial correspondiente”.
10.- Conclusión
Cada caso clínico y cada paciente pueden plantear una situación distinta, por lo que el médico debe conocer la exigencia legal y aplicarla correctamente. Con criterio general, siempre prevalecerá la autonomía del paciente o lo que más y mejor favorezca sus intereses y, teniendo en cuenta de que cada paciente tiene sus peculiaridades, difícilmente su caso encajará en un CI estándar.
ENCUBRIR EL MAQUIAVELISMO CON NOBLES Y CANDOROSOS PRETEXTOS ES COOPERACIÓN AL MAL
Un político, un militar, un empresario, un intelectual, ... jamás pueden justificar el uso de medios tortuosos –y menos aún execrables o perversos–, con el pretexto de perseguir alguna finalidad beneficiosa, porque el fin –por bueno que sea– nunca justifica los medios. Maquiavelismo es un término referido a acciones o actitudes de astucia, engaño y doblez que se emplean a fin de lograr un propósito específico sin importar los medios empleados para alcanzarlo. Para la psicología sistemática, el maquiavelismo hace referencia a un tipo de personalidad que no elige o se propone ser —sino que simplemente es de hecho— un maestro de la manipulación. Y personalidades maquiavélicas son las que no necesitan leer "El Príncipe" de Maquiavelo para tener predisposición y para de hecho llevar a cabo trucos y desplegar habilidades para el engaño, sin experimentar remordimientos o tendencia a las estrategias de manipulación. Los ejemplos a lo largo de la historia son innumerables.